La querella

A través de la querella se pone en conocimiento de las autoridades de justicia correspondientes los hechos relativos a la comisión de un acto con carácter de delito y tal interposición da lugar a que el querellante se presente como parte acusadora en el futuro proceso.

La Ley establece sendos requisitos a la hora de interponer una querella que versan sobre la capacidad, legitimación y postulación de la parte que acusa. Por ejemplo, respecto a lo relativo sobre quién puede interponer una querella, la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que no solo la puede presentar aquel que haya sido ofendido por la acción delictiva sino que es posible que cualquier ciudadano, aunque no haya sido ofendido en este sentido, a través de la acción popular interponga la querella correspondiente.

Junto a los requisitos de legitimación o capacidad, se fijan otros con carácter formal con los que debe contar la querella, estos son entre otros, la presentación por escrito con el contenido fijado por la Ley: datos del querellante, datos del querellado en la medida de lo posible o todos aquellos indicios conocidos para dar con él, hechos y circunstancias en las que se produjo el hecho delictivo, etc.

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